CURSO COMITÉ SST / SUPERVISOR SST
¡Capacita al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y evita multas!
¡Sabias que!, si no capacitas a los miembros del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo exigidos por la Ley 29783, podrías ser sancionado por la sunafil. Capacitalos con nuestros cursos.
Empresas que han confiado en la capacitación a comité SST
¿POR QUÉ LLEVAR NUESTROS CURSOS?
PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO
Planifica tus capacitaciones durante el año y solo llévalos cuando lo necesites y recibe seguimiento del cumplimiento de tu plan de capacitaciones a través del panel estadístico.
AHORRO EN LOS COSTOS DE CAPACITACIÓN
Reduzca los costos por concepto de traslado (movilidad, viajes, etc.), pago de horas extras, ya que los cursos los realizarán en horas de trabajo.
ACCESO Y SOPORTE 24/7
El curso seleccionado para los miembros del Comite de Seguridad y Salud en el Trabajo, podra ser llevado los 24/7 por 30 días.
CERTIFICADOS VALIDOS PARA SUNAFIL
Las capacitaciones son brindadas por instructores certificados y con experiencia en la materia a capacitar
CURSOS COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO
CURSO FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ SST
Aprenda qué funciones debe cumplir mientras dure su mandato.
- 128
- 5
S/ 65.00 (PEN)
CURSO LEY 29783 +REGLAMENTO
Aprenda sobre las normas legales SST, que deben cumplir las empresas
- 165
- 5
S/ 65.00 (PEN)
CURSO FISCALIZACIÓN LABORAL SST - SUNAFIL
Aprenda sobre el procedimiento de inspección y sanción de acuerdo a la Ley 28806 LGIT y DS 019-2006-TR
- 83
- 5
S/ 65.00 (PEN)
¡En SII MMA, tú llevas el control!
- Conococe el porcentaje de avance de todos los trabajadores en un curso.
- Conoce el porcentaje de los trabajadores que concluyeron el curso.
- Conoce la última fecha que ingreso un trabajador en un curso específico.
- Conoce al detalle el avance de cada trabajador: Avance individual, Tiempo dedidaco en el curso, Puntaje obtenido, Fecha de finalización.
PREGUNTAS SOBRE COMITÉ SST / SUPERVISOR SST
Todas las empresa independiente del tamaño y sector deben conformar un comité SST o Supervisor SST en base a los siguientes criterios:
- Empresa con 20 trabajadores o más conformarán un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Empresa con menos de 20 trabajadores deberá elegir a un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Las funciones del comité de seguridad y salud o del Supervisor de Seguridad y Salud en el trabajo son los siguientes:
- Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo.
- Aprobar y vigilar el cumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, elaborados por el/la empleador/a.
- Conocer, aprobar y dar seguimiento al cumplimiento del Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, del Programa Anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y del Programa Anual de Capacitaciones en seguridad y salud en el trabajo.
- Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.
- Promover que al inicio de la relación laboral los/las trabajadores/as reciban inducción, capacitación y entrenamiento sobre la prevención de riesgos laborales presentes en el lugar y puesto de trabajo.
- Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo.
- Promover que los/las trabajadores/as estén informados/as y conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás documentos escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo.
- Promover el compromiso, colaboración y participación activa de todos/as los/las trabajadores/as en el fomento de la prevención de riesgos en el lugar de trabajo.
- Realizar inspecciones periódicas del lugar de trabajo y de sus instalaciones, maquinarias y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva.
- Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de éstos.
- Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales.
- Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo.
- Revisar mensualmente las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades profesionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación son constantemente actualizados por la unidad orgánica de seguridad y salud en el trabajo del/de la empleador/a.
- Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.
- Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y la asistencia y asesoramiento al/a la empleador/a y al/a la trabajador/a.